El juez Juan Carlos Peinado ha decretado la apertura de juicio oral con jurado contra Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, por presunto tráfico de influencias y malversación. La decisión llega después de que la Audiencia Provincial de Madrid corrigiera parte de la instrucción. El Gobierno la califica de persecución judicial arbitraria.
Que la mujer de un presidente del Gobierno se siente ante un jurado popular no pasa todos los días. En democracia, de hecho, no había pasado nunca. El auto lo firma Juan Carlos Peinado y manda a juicio a Begoña Gómez por dos delitos: tráfico de influencias y malversación. La pregunta que interesa aquí no es solo si es culpable. Es cómo se ha llegado hasta este punto y qué dice eso del sistema que lo permite.
Begoña Gómez no tiene fuero, y eso lo cambia todo
A diferencia de un ministro o un diputado, Gómez no está aforada. Esto significa que su causa la instruye un juzgado ordinario de Madrid, no el Tribunal Supremo. Ese detalle técnico es también un detalle político: cualquier decisión de Peinado queda expuesta a los recursos habituales de cualquier instrucción, con toda la lentitud y el ruido mediático que eso trae. Un caso con este nivel de exposición pública tramitándose como uno más de un juzgado de instrucción genera fricciones que un tribunal aforado nunca tendría que gestionar.
El camino torcido de la instrucción
La causa arrancó a partir de una denuncia de la asociación Manos Limpias en abril de 2024. Desde entonces la instrucción ha sido, cuanto menos, accidentada.
- Más de un año de instrucción entre recursos, ampliaciones y comparecencias.
- Varias correcciones de la Audiencia Provincial de Madrid a decisiones previas de Peinado.
- Dos delitos finalmente imputados: tráfico de influencias y malversación.
- Apertura de juicio con jurado popular, no con tribunal técnico.
Cada corrección de la Audiencia ha sido presentada por unos como prueba de que el juez se excedía y por otros como prueba de que el sistema funciona y corrige errores. Las dos lecturas conviven porque ninguna de las dos necesita mentir para sostenerse.
La respuesta del Gobierno: entre la defensa y la ofensiva
Moncloa ha calificado la apertura de juicio como una persecución judicial arbitraria. No es la primera vez que el propio Sánchez sale a defender a su mujer en público, y tampoco será la última mientras el proceso siga abierto. El argumento del Gobierno es que la causa nació de una denuncia de una asociación con un historial de querellas contra dirigentes de izquierda y que la instrucción se ha sostenido más en indicios mediáticos que en pruebas sólidas. El argumento contrario es igual de simple: si no hay pruebas, se verá en el juicio, y mientras tanto un juez ha decidido que hay indicios suficientes para sentar a alguien en un banquillo.
Lo que el juicio no va a resolver
Gane quien gane, el desgaste ya está hecho. Un jurado puede absolver a Begoña Gómez y aun así el relato de la persecución política habrá calado en una parte del electorado. Puede condenarla y la otra mitad seguirá viendo en Peinado a un instructor que se pasó de la raya. Lo que este juicio deja sobre la mesa no es tanto la culpabilidad de una persona como la pregunta de qué pasa cuando la Justicia y la batalla política dejan de poder distinguirse una de otra.
Preguntas frecuentes
¿Por qué delitos se juzga a Begoña Gómez?
Se le imputan dos delitos: tráfico de influencias y malversación. El juez Juan Carlos Peinado considera que hay indicios suficientes para llevar el caso a juicio con jurado popular tras más de un año de instrucción.
¿Por qué el caso no se juzga en el Tribunal Supremo?
Porque Begoña Gómez no ostenta ningún cargo público que le otorgue fuero especial. Al no estar aforada, su causa se tramita en un juzgado ordinario de Madrid, como la de cualquier ciudadano investigado.
¿Qué papel ha tenido la Audiencia de Madrid en el proceso?
La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido en varias ocasiones decisiones tomadas durante la instrucción de Peinado, algo que tanto defensa como acusación han utilizado para reforzar sus respectivas versiones del caso.
Fuentes
Publicado el 21/09/2026
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